Portaplacas en CDMX 2025: ¿Cuáles son permitidos y en qué casos amerita multa?

El uso inadecuado de portaplacas en la Ciudad de México ha llevado a un aumento significativo en las infracciones de tránsito. Desde el 12 de febrero hasta el 9 de marzo, se registraron 493 infracciones relacionadas con este tema, junto con 209 garantías de pago y 342 vehículos remitidos a depósitos vehiculares.
La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) ha destacado que las multas y prohibiciones han aumentado en un esfuerzo por mejorar la seguridad vial. De acuerdo con el Artículo 45 del Reglamento de Tránsito, es obligatorio que las placas de los vehículos estén completamente visibles y sin alteraciones.
Con el sistema de placas actualizado, que ahora incluye un código QR, es especialmente importante que los automovilistas mantengan las placas legibles para poder escanear la información en caso de un accidente. Los únicos portaplacas permitidos son aquellos con un marco delgado que no obstruya elementos vitales de la placa.
Los conductores que utilicen micas de plástico, portaplacas no conformes o cualquier tipo de material que bloquee la visibilidad completa de la matrícula podrán ser multados, con sanciones que pueden variar de 10 a 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Además, existe la posibilidad de que se retiren las placas, lo que requeriría que el propietario del vehículo realice un trámite para recuperarlas y pague la multa correspondiente para evitar que el vehículo sea llevado al corralón.

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