Motos eléctricas en la CDMX deberán tener placa, tarjeta de circulación y usuarios portar casco
En la Ciudad de México, se han implementado nuevas normas para regular el uso de motocicletas eléctricas, que ahora se consideran vehículos por tener una velocidad de desplazamiento mayor a 25 kilómetros por hora. Esto incluye la obligación de portar placa y tarjeta de circulación, similar a los vehículos de combustión. La jefa de Gobierno anunció estas reformas con el fin de mejorar la seguridad vial y el orden en el tránsito.
Las motocicletas eléctricas ahora están definidas claramente, y los conductores de estos vehículos necesitarán cumplir con las mismas regulaciones que los que manejan autos y motocicletas convencionales. Además, se establece que las motocicletas provenientes de otras entidades deben registrarse dentro de la Secretaría de Movilidad (Semovi), lo que permitirá tener un mejor control sobre ellos en la capital.
También se abordó el tema de los patines eléctricos o “scooters”, indicando que no deben ser utilizados en áreas reservadas para peatones, lo cual incluye banquetas y zonas peatonales, así como carriles exclusivos para el transporte público, lo que también busca proteger el espacio público y garantizar la seguridad de todos los ciudadanos.
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