Samuel Garcia denuncia a AMLO y le gana
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral INE ordenó la suspensión de la difusión en redes sociales de tres conferencias matutinas del presidente de la República por constituir una intromisión a los procesos electorales.
El árbitro electoral atendió este miércoles una queja presentada por el partido Movimiento Ciudadano MC y su candidato a la gubernatura de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda, en contra de Andrés Manuel López Obrador, por expresiones electorales realizadas durante las conferencias matutinas de los pasados 5, 6 y 7 de mayo.
De acuerdo con un comunicado del INE, MC y García acusaron que en esas mañaneras se vulneraron los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda.
La Comisión determinó la procedencia de las medidas cautelares contra AMLO pues, de un análisis preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, las declaraciones hechas por el primer mandatario sí constituyen una intromisión a los procesos electorales, prohibida por los artículos 41 y 134 constitucionales.
Esta decisión es coincidente con el Acuerdo aprobado por esta Comisión el pasado 28 de mayo ACQyD-INE-117-2021, donde se llevó a cabo un estudio integral y sistemático del contenido de las mañaneras desde el inicio de campañas, y donde se determinó conceder una tutela preventiva en contra del presidente de la República por haber realizado de manera sostenida declaraciones relacionadas con los procesos electorales. En congruencia con dicho acuerdo, se concedió el retiro de los tres materiales audiovisuales.
Con información de El financiero
El árbitro electoral atendió este miércoles una queja presentada por el partido Movimiento Ciudadano MC y su candidato a la gubernatura de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda, en contra de Andrés Manuel López Obrador, por expresiones electorales realizadas durante las conferencias matutinas de los pasados 5, 6 y 7 de mayo.
De acuerdo con un comunicado del INE, MC y García acusaron que en esas mañaneras se vulneraron los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda.
La Comisión determinó la procedencia de las medidas cautelares contra AMLO pues, de un análisis preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, las declaraciones hechas por el primer mandatario sí constituyen una intromisión a los procesos electorales, prohibida por los artículos 41 y 134 constitucionales.
Esta decisión es coincidente con el Acuerdo aprobado por esta Comisión el pasado 28 de mayo ACQyD-INE-117-2021, donde se llevó a cabo un estudio integral y sistemático del contenido de las mañaneras desde el inicio de campañas, y donde se determinó conceder una tutela preventiva en contra del presidente de la República por haber realizado de manera sostenida declaraciones relacionadas con los procesos electorales. En congruencia con dicho acuerdo, se concedió el retiro de los tres materiales audiovisuales.
Con información de El financiero
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