Adiós a las universidades
El Senado de la República aprobó por unanimidad, en lo general y lo particular el dictamen que expide la Ley General de Educación Superior y con la que se abroga la Ley para la Coordinación de la Educación Superior que dispone la obligatoriedad de la educación superior y reitera la gratuidad de las universidades públicas.
También señala que el Sistema Nacional de Educación Superior se integre por los subsistemas universitario, tecnológico, escuelas normales y formación docente, en sus diferentes modalidades.
El presidente de la Comisión de Educación del Senado, Rubén Rocha, señalo que con esta ley se regulan tres subsistemas universidades, tecnológicos y normales.
“Esta ley trata la evaluación, el tema del respeto a la autonomía universitaria. El respeto a los derechos laborales de los trabajadores en las universidades, se refiere a las atribuciones que tiene la federación, los estados, y aquellas que son concurrentes. Trata los fines, las políticas públicas, para efecto de fortalecer la educación superior, atiende temas de género, el respeto a una vida de entero equilibrio en las universidades y espacios en donde este ausente la violencia contra las mujeres”, explicó.
Con la nueva ley se establece multa de $2,606,400 y hasta la clausura del plantel para los centros educativos denominados como técnico superior universitario, profesional asociado, licenciatura, especialidad, maestría o doctorado, es decir que no cuenten con el reconocimiento de validez oficial de estudios o su admisión a trámite u ostentarlos sin haberlos recibido.
Sanciona la imposibilidad para obtener autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios hasta por un periodo de 5 años.
Infracciona el condicionamiento de la prestación del servicio de educación a la contratación de servicios ajenos a la prestación del mismo.
No será legal ofrecer o impartir estudios como técnico superior universitario, profesional asociado, licenciatura, especialidad, maestría o doctorado sin contar con el reconocimiento de validez oficial de estudios o su admisión a trámite u ostentarlos sin haberlos obtenido.
Otros ámbitos de la ley son, orientar los criterios para el desarrollo de políticas públicas con visión de Estado; establecer criterios para el financiamiento y regular la participación de los sectores público, social y privado, establece que el nivel de educación superior está compuesto por los niveles técnico superior, universitario, profesional asociado u otros equivalentes, licenciatura, especialidad, maestría y doctorado.
Crea el Fondo Federal Especial para la Obligatoriedad y Gratuidad de la Educación Superior y conforma el Sistema de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior.
Ahora la iniciativa pasa a la Cámara de Diputados para que se realice su análisis y en su caso la aprobación.
También señala que el Sistema Nacional de Educación Superior se integre por los subsistemas universitario, tecnológico, escuelas normales y formación docente, en sus diferentes modalidades.
El presidente de la Comisión de Educación del Senado, Rubén Rocha, señalo que con esta ley se regulan tres subsistemas universidades, tecnológicos y normales.
“Esta ley trata la evaluación, el tema del respeto a la autonomía universitaria. El respeto a los derechos laborales de los trabajadores en las universidades, se refiere a las atribuciones que tiene la federación, los estados, y aquellas que son concurrentes. Trata los fines, las políticas públicas, para efecto de fortalecer la educación superior, atiende temas de género, el respeto a una vida de entero equilibrio en las universidades y espacios en donde este ausente la violencia contra las mujeres”, explicó.
Con la nueva ley se establece multa de $2,606,400 y hasta la clausura del plantel para los centros educativos denominados como técnico superior universitario, profesional asociado, licenciatura, especialidad, maestría o doctorado, es decir que no cuenten con el reconocimiento de validez oficial de estudios o su admisión a trámite u ostentarlos sin haberlos recibido.
Sanciona la imposibilidad para obtener autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios hasta por un periodo de 5 años.
Infracciona el condicionamiento de la prestación del servicio de educación a la contratación de servicios ajenos a la prestación del mismo.
No será legal ofrecer o impartir estudios como técnico superior universitario, profesional asociado, licenciatura, especialidad, maestría o doctorado sin contar con el reconocimiento de validez oficial de estudios o su admisión a trámite u ostentarlos sin haberlos obtenido.
Otros ámbitos de la ley son, orientar los criterios para el desarrollo de políticas públicas con visión de Estado; establecer criterios para el financiamiento y regular la participación de los sectores público, social y privado, establece que el nivel de educación superior está compuesto por los niveles técnico superior, universitario, profesional asociado u otros equivalentes, licenciatura, especialidad, maestría y doctorado.
Crea el Fondo Federal Especial para la Obligatoriedad y Gratuidad de la Educación Superior y conforma el Sistema de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior.
Ahora la iniciativa pasa a la Cámara de Diputados para que se realice su análisis y en su caso la aprobación.
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